Casación No. 156-2007

Sentencia del 19/12/2007

"...se determina que ha sido correcta la confirmación de la sentencia realizada por el órgano de alzada, ya que se comprueba que no hubo indebida aplicación ni falta de inobservancia a las normas denunciadas como violadas [aplicación indebida del Artículo 36 numeral 3) e inobservancia del artículo 39 numeral 2) ambos del Código Penal], pues claramente se observa que los razonamientos están ajustados conforme a la ley, encontrándose que la recurrente pretende con la interposición del recurso de casación, que éste tribunal determine la existencia de un error atribuido a la sentencia de primer grado, el cual consistió en no aplicar las normas que la interponente denuncia vulneradas, lo cual no es objeto de estudio por esta Cámara a través de la interposición del recurso de casación por lo que se determina que no se causó el agravio denunciado por la casacionista..."